Thelic | Mensajes: 14 | Usuario Jr.
Hola que tal, tanto como legal? La legalidad implicaría que se encontrara contenido en una Ley, visto desde este punto, la Ley Federal del Trabajo prohíbe retenciones de sueldo a los trabajadores privilegiando el mismo y sancionándolo a la vez,al patrón, como responsable de la rescisión laboral por las retenciones al mismo. Sin embargo, y como lo manifiestas, tu día de pago es el día 30 de noviembre y en tanto no concluya, no se ha actualizado la causal.
Visto desde el punto practico, y según veo es tu caso, se te retendrá en tanto no firmes tu " salida voluntaria" puesto que a nosotros los abogados nos sirve como medio de presión y negociación.
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